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El tribunal declara culpables a los imputados por la muerte de Dionisio Díaz PDF Imprimir E-Mail
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Escrito por Revistazo.com   
jueves, 26 de febrero de 2009

Para leer artículo original:

http://www.revistazo.com/Articulos/seguridad.php?subaction=showfull&id=1235795932&archive=&start_from=&ucat=6&

Después de 26 meses del asesinato de Dionisio Díaz García, la justicia hondureña dio su veredicto y encontró culpables materiales del hecho a Ramón Eusebio Solís y César Daniel Amador.

 
 
Tegucigalpa. El veredicto fue determinante. “En alusión al artículo 117 del Código Penal, que señala como pena por el delito de asesinato con alevosía y premeditación, una sentencia de 20 a 30 años de reclusión, este Tribunal declara la culpabilidad de los responsables en el caso del asesinato del abogado Dionisio Díaz García”.

Después de seis horas de espera, una vez que ambas partes, defensa y acusación dieron las conclusiones de sus investigaciones y medios probatorios, el Tribunal de Sentencias reapareció en la Sala Segunda para dar el fallo condenatorio para los acusados de dar muerte a Dionisio Díaz García.

En la voz del juez Mario Rolando Díaz, presidente del Tribunal, recayó la responsabilidad de dar a conocer los detalles que consideraron para culpar a los dos imputados Ramón Eusebio Solís y César Daniel Amador por el asesinato del “abogado de los pobres”.

Los fundamentos del Tribunal

 
Mario Rolando Díaz, presidente del Tribunal
En primer lugar el juez Díaz sometió a consideración los medios probatorios presentados por la defensa, y citó como válido el testimonio del testigo Luis Felipe Garay, quien dijo haber visto a Ramón Eusebio Solís, el sábado y el domingo antes de la muerte de Dionisio, y también se creyó en que lo pudo ver el día lunes 4 de diciembre, antes de la siete de la mañana y al final del día.

Sin embargo, esto, dijo el juez, no es medio probatorio de la inocencia del imputado ya que pudo haberse transportado desde la ciudad de La Ceiba por cualquier medio moderno.

En relación a las pruebas presentadas de que César Daniel Amador se presentó a una audiencia en los juzgados ese día por la mañana, esto tampoco pudo ser considerado, ya que nadie pudo dar la certeza de que Amador, a la hora del asesinato, estuvo en el juzgado, teniendo la facilidad de transportarse en cuestión de minutos, en motocicleta, a la escena del crimen.

En cuanto a las declaraciones del testigo “Z” el veredicto del Tribunal, consideró que estas fueron contundentes y que concordaban con las pruebas de balísticas realizada en la escena del crimen.

 
 
Una vez que el juez detalló los medios probatorios existentes en contra de los imputados, procedió a citar el fundamento legal para su condena.

“Pónganse de pie ambos acusados, este Tribunal declara su culpabilidad en el asesinato de Dionisio Díaz García, cuya sentencia definitiva será señalada el 18 de marzo en estas oficinas a las nueve de la mañana”.

De esa forma se dio por concluido el juicio, que por ahora mandará a prisión a los autores materiales del crimen, no obstante, aun queda por indagarse quién fue el autor intelectual.

 
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